Requisitos para la afiliación

Para todas las afiliaciones:

En caso de poseer alguna discapacidad, se debe adjuntar copia del Certificado de Discapacidad (CUD). El mismo tendrá que ser presentado nuevamente en la Obra Social, si es que se actualiza luego de su fecha de vencimiento. Así mismo, deberá presentarlo también en cualquier Centro de Atención Personalizada de OSDE para que pueda gozar de la cobertura por discapacidad utilizando su credencial.

  • DNI
  • Contancia de CUIL/CUIT
  •  Certificado de Matrimonio
  • DNI
  • Constancia de CUIL/CUIT
  •  Partida de Nacimiento
  • DNI
  • Constancia de CUIL/CUIT
  • 5 años de convivencia o 2 años en caso de poseer hijos en común. Teniendo en cuenta que la Obra Social cuenta los años de convivencia a partir de la mayoría de edad.
  • Certificado de Convivencia actual (información sumaria), extendido por Juzgado de Paz o Registro Civil en el cual figure el ESTADO CIVIL DE AMBOS*
  • DNI de AMBOS, el cual coincida el domicilio.
  • Constancia de CUIL del conviviente.
  • 3 documentos que acrediten la convivencia (Ej: Póliza de seguro, Resumen tarjeta de crédito, facturas de servicios, contrato de locación, documentación bancaria, etc.), tendrán que ser tres en total, pudiendo ser dos del titular de la obra social, y uno del adherente o viceversa. No deben tener más de 3 meses de antigüedad.
  • En caso de tener una convivencia menor de 5 años (debe ser mayor de 2 años sin excepción) adjuntar la partida de nacimiento de su hijo en común.

*La fecha de emisión del certificado de convivencia no debe superar el año calendario. En caso de no estar especificado el estado civil, deberá presentar el Resumen de Datos Personales de ANSES, donde aclare el mismo. En caso de divorcio, es necesario presentar la sentencia de divorcio firme.

TODA LA DOCUMENTACIÓN DEBE POSEER UN MISMO DOMICILIO.

  • Téngase presente que a partir de la aprobación de la Ley Nº26.994 que modifica el Código Civil y Comercial de la Nación, a partir del 01 de agosto de 2015, el acta de inscripción de la unión convivencial en los términos del artículo 509 y siguientes de dicha norma, resulta suficiente para el otorgamiento de la cobertura por parte de OSPESE, sin necesidad de ninguna otra prueba a tal efecto, toda vez que la misma resulta equivalente al acta de inscripción del matrimonio.
  • DNI y CUIL/CUIT del concubino.
  • Partida de Nacimiento.
  • Constancia de CUIL/CUIT.
  • DNI del hijo y del titular, deben poseer el mismo domicilio.
  • Certificado de Matrimonio o Unión Civil Registrada
  • Certificación Negativa de ANSES, en el cual figure que el hijo no posee cobertura de ninguna otra Obra Social.
  • Certificación Negativa de ANSES de los padres biológicos, no deben poseer Obra Social ni ingresos de ningún tipo.

 

  •  Los hijos solteros mayores de veintiún (21) años y hasta los veinticinco (25) años inclusive, que estén a exclusivo cargo del afiliado titular y que cursen estudios Universitarios regulares oficialmente reconocidos por la autoridad pertinente, presentar:
  • Partida de Nacimiento
  • DNI del hijo
  • Constancia de CUIL/CUIT
  • Certificado de ANSES (Negativa), en el cual figure que el menor no posee cobertura de ninguna otra Obra Social.
  • Certificado de Alumno regular original, extendido por la entidad pertinente.

(***) Una vez cumplido los 21 años de edad, se deberá presentar anualmente (antes del 30 de abril de cada año) el certificado de alumno regular y la negativa de ANSES.